La Guardia Costera de EE. UU. pide comentarios sobre la regla del barco pato

La Guardia Costera de EE UU pide comentarios sobre la

El Guardia Costera de EE. UU. ha emitido una norma final provisional sobre los requisitos obligatorios para Buques anfibios de pasajeros DUKW y comentarios solicitados.

El mandato estatutario fue promulgado después del hundimiento del Estirar pato 7 el 19 de julio de 2018, que resultó en la pérdida de 17 vidas en Tlago de roca capazMisuri.

Más de siete horas antes del accidente, el Servicio Meteorológico Nacional había emitido una alerta de tormenta severa para el área, seguida de una advertencia de tormenta severa un minuto antes de que el barco abandonara la instalación de embarque de pasajeros. El Junta de Seguridad de Transportación Nacional (NTSB) identificó problemas de seguridad relacionados con: supervisión de la compañía, cierres de ventilación del compartimiento del motor, flotabilidad de la reserva, capacidad de supervivencia y supervisión de la Guardia Costera.

Contribuyó al hundimiento el hecho de que la Guardia Costera no requirió suficiente flotabilidad de reserva en buques anfibios. Contribuyó a la pérdida de vidas la acción ineficaz de la Guardia Costera para abordar la salida de emergencia en barcos anfibios. buques de pasajeros con marquesinas fijas, como el Stretch Duck 7, que impedía el escape de los pasajeros.

Sección 11502 de la Ley de Autorización de Defensa Nacional James M. Inhofe (NDAA) para el año fiscal 2023 exige medidas de seguridad adicionales para los buques anfibios de pasajeros DUKW que operan en aguas navegables sujetas a la jurisdicción de la Guardia Costera. Esta regla final provisional codifica los requisitos establecidos por ley.

Específicamente, la NDAA de 2023 ordena a la Guardia Costera que exija que los operadores de APV DUKW cumplan con nueve requisitos dentro de 180 días y define un APV DUKW como una embarcación que utiliza, modifica o se deriva del Corporación General Motors (GMC) DUKW-353 y opera como una pequeña embarcación de pasajeros en “aguas sujetas a la jurisdicción de los Estados Unidos”, según se define en 33 CFR 2.38 (o una regulación sucesora). Los nueve requisitos son:

(1) Quitar las marquesinas y cualquier cubierta de ventana de dichas embarcaciones para operaciones acuáticas, o instalar una marquesina que no restrinja el escape horizontal o vertical de los pasajeros en caso de inundación o hundirse;

(2) Si se retira una marquesina y cubiertas de ventanas de cualquier embarcación de conformidad con el párrafo (1), exigir que todos los pasajeros usen un dispositivo de flotación personal aprobado por la Guardia Costera antes del inicio de las operaciones marítimas de dicha embarcación;

(3) Reingeniería de dichos buques para cerrar permanentemente todos los tapones de acceso innecesarios y reducir todas las penetraciones a través del casco al número y tamaño mínimo necesarios para la operación;

(4) Instalar electricidad alimentada independientemente bombas de achique que puede deshidratar dichos buques al volumen de la mayor penetración restante para complementar un operable bomba higgins o una bomba de achique de capacidad equivalente o superior;

(5) Instalar en dichos buques no menos de cuatro motores independientes alarmas de sentina;

(6) Realizar una inspección en el agua de cualquier embarcación después de cada vez que se haya eliminado o descubierto una penetración a través del casco;

(7) Verificar la integridad estanca de dicho buque mediante una inspección en el agua al comienzo de cada salida por agua;

(8) Instale luces subacuáticas de diodos emisores de luz (LED) que se activen automáticamente en un emergencia; y

(9) Cumplir de lo contrario con cualquier otra disposición de la guía o instrucción relevante de la Guardia Costera en la inspección, configuración y operación de dichas embarcaciones.

Comparte este contenido

Entradas relacionadas

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *