Entran en vigor las enmiendas al Convenio sobre gestión del agua de lastre

agua de lastre

Escrito por

Servicio Marítimo


14-10-2019 07:22:00

Las enmiendas al Convenio de Gestión del Agua de Lastre que formalizan el cronograma de implementación de la norma D-2 entraron en vigor el 13 de octubre.

El Convenio internacional para el control y la gestión del agua de lastre y los sedimentos de los buques, 2004 (el Convenio BWM) entró en vigor en 2017. Las enmiendas formalizan un calendario de aplicación para garantizar que los buques gestionen el agua de lastre para cumplir con una norma específica (D-2 estándar) con el objetivo de garantizar que no se liberen organismos viables en nuevas áreas marinas. También hacen obligatorio el Código para la aprobación de sistemas de gestión del agua de lastre, que establece cómo deben evaluarse y aprobarse los sistemas de gestión del agua de lastre utilizados para alcanzar la norma D-2.

Las enmiendas al Convenio BWM se adoptaron en abril de 2018. En esencia, el calendario de implementación significa que el cumplimiento de la norma D-2 establecida en el Convenio se irá incorporando gradualmente a lo largo del tiempo para buques individuales, hasta el 8 de septiembre de 2024. .

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Desde que la Convención entró en vigor en septiembre de 2017, se ha exigido a los buques que gestionen el agua de lastre para evitar la transferencia de especies acuáticas potencialmente invasoras. Todos los barcos deben tener un plan de gestión del agua de lastre específico para cada barco y llevar un libro de registro del agua de lastre. También se requiere que los barcos administren su agua de lastre para cumplir con el estándar de intercambio de agua de lastre D-1 o el estándar de desempeño D-2. Las modificaciones vigentes a partir del 13 de octubre formalizan el cronograma de implementación para la transición de la norma D-1 a la D-2.

En muchos casos, el cumplimiento de la norma D-2 se logrará mediante la instalación de sistemas de gestión del agua de lastre. En la actualidad, existen muchos sistemas aprobados de este tipo en el mercado, que van desde los que utilizan métodos físicos como la luz ultravioleta para tratar el agua de lastre hasta los que utilizan sustancias activas. Aquellos que usan sustancias activas deben pasar por un proceso de aprobación adicional exhaustivo.

La norma D-2 especifica que los barcos solo pueden descargar agua de lastre que cumpla con los siguientes criterios:

• menos de 10 organismos viables por metro cúbico que sean mayores o iguales a 50 micrómetros en dimensión mínima;
• menos de 10 organismos viables por mililitro que tengan entre 10 micrómetros y 50 micrómetros de dimensión mínima;
• menos de 1 unidad formadora de colonias (ufc) por 100 mililitros de Vibrio cholerae toxicogénico;
• menos de 250 ufc por 100 mililitros de Escherichia coli; y
• menos de 100 ufc por 100 mililitros de enterococos intestinales.

La aplicación de la Convención sobre la gestión del agua de lastre contribuye al logro de varios de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de las Naciones Unidas, en particular, el ODS 14 sobre la vida submarina, que exige el uso sostenible de los océanos; y el ODS 15, que incluye metas relacionadas con la biodiversidad y la reducción de la propagación de especies invasoras.

Se puede encontrar una lista de sistemas aprobados aquí.

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